DOCUMENTO DE CRÓNICA DE JURISPRUDENCIA 2025- junio 2026: I. DERECHO DEL TRABAJO
ÍNDICE EXACTO DE LA SECCIÓN
- 1. Cesión ilegal
- 2. Contratas y subcontratas
- 3. Contratación temporal
- 3.1. Abuso contratación temporal. Superación proceso selectivo de personal laboral fijo sin obtener plaza
- 3.2. Contrato interinidad para sustituir trabajador con derecho a reserva de puesto mediante adscripción provisional
- 3.3. Contrato indefinido no fijo. Plaza cubierta funcionario. No amortización plaza laboral
- 3.4. Indefinido no fijo. Superación plazo 3 años. Circunstancias excepcionales
- 3.5. Indefinido no fijo despedido. Posterior fijeza. Opción indemnización o readmisión
- 3.6. Contratos fijos discontinuos
- 3.7. Extinción contrato temporal en la fecha prevista. Garantía de indemnidad
- 3.8. Contrato de relevo
- 3.9. Contrato a tiempo parcial. Ampliaciones jornada a tiempo completo
- 4. Figuras afines al contrato de trabajo. Alta dirección
- 5. Convenios colectivos
- 6. Derecho a la igualdad: Discriminación
- 6.1. Personal docente e investigador a tiempo parcial. Componente de méritos docentes (quinquenios)
- 6.2. Profesorado ayudante doctor y profesorado permanente laboral en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid. Complemento docente (quinquenio)
- 6.3. Profesores universitarios sustituto y asociados. Complemento por méritos investigadores (sexenios)
- 6.4. Diferencia trato personal fijo y temporal
- 6.5. Complemento de asistencia. Discriminación por razón de enfermedad
- 6.6. Doble escala salarial
- 6.7. Mejoras prestaciones IT. Exclusión personal contratado a partir de una determinada fecha
- 6.8. Profesores de religión. Antigüedad
- 6.9. Cheque comida. Importe distinto trabajadores subrogados de los contratados por la empleadora
- 6.10. Trabajadores fijos discontinuos. Diferenciación fijos discontinuos a tiempo completo o parcial
- 6.11. Permiso retribuido cuidado hijo discapacitado. Discriminación indirecta por razón de sexo, por asociación
- 6.12. Composición equilibrada de hombres y mujeres. Criterio porcentual. Discriminación indirecta por razón de sexo
- 6.13. Discriminación empleado-cliente no empleado. Gastos hipotecarios. Homogeneidad
- 6.14. Incremento salarial. No abono personal investigador
- 6.15. Plus de peligrosidad y penosidad
- 6.16. Discriminación por razón de edad
- 6.17. Retribución dietas pilotos y tripulantes de cabina. Discriminación indirecta por razón de género
- 7. Derecho de huelga
- 8. Despidos individuales y extinciones del contrato de trabajo
- 9. Efectos económicos del despido
- 10. Otras causas de extinción
- 11. Sanciones
- 12. FOGASA
- 13. Modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT)
- 14. Plan de igualdad
- 15. Salario y régimen retributivo
- 15.1. Recibos de salario. Contenido y confección
- 15.2. Horas extraordinarias. Compensación con periodo de descanso. Incremento 75%
- 15.3. Horas trabajadas en festivos
- 15.4. Incentivo por absentismo
- 15.5. Pagas extraordinarias MIR. Complemento atención continuada y complemento de formación
- 15.6. Plus penosidad, toxicidad o peligrosidad
- 15.7. Plus nocturno. Vulneración art. 36.2 ET
- 15.8. Condición más beneficiosa. Supresión unilateral
- 15.9. Pacto de no concurrencia nulo e incumplido
- 15.10. Compensación y absorción: retribución variable
- 15.11. Premio por servicios prestados
- 15.12. Premio de fidelidad
- 15.13. Sexenios. Profesores de religión católica
- 15.14. Conceptos que se incluye en la retribución durante las vacaciones
- 15.15. Descuento ayuda cuota patronal
- 15.16. Dietas y kilometraje
- 16. Sucesión de empresas
- 16.1. Sucesión legal
- 16.2. Notarías
- 16.3. Fin contrato arrendamiento. Reversión del servicio al propietario
- 16.4. Externalización servicio y ausencia de reversión
- 16.5. Convenios sectoriales y provinciales de limpieza edificios y locales. Empresa principal traslada sus oficinas y dependencias a otra ubicación
- 16.6. Subrogación convencional
- 16.7. Subrogación por una empresa pública. Jornada laboral
- 16.8. Fusión por absorción. Respecto del acuerdo de modificación sustancial de condiciones de trabajo
- 16.9. Vacaciones. Abono con carácter previo a la subrogación
- 16.10. Subrogación y convenio colectivo aplicable
- 16.11. Contratas de vigilancia de seguridad. Deudas salariales. Responsabilidad solidaria
- 16.12. Subrogación contractual
- 17. Teletrabajo y trabajo a distancia
- 18. Tiempo de trabajo y jornada
- 19.- Tutela del derecho a la libertad sindical
- 19.1. Proceso electoral
- 19.2. Constitución de un sindicato y funcionamiento
- 19.3. Derecho del sindicato a un nombre y a un logo identificadores
- 19.4. Derecho al honor y libertad de expresión
- 19.5. Libertad sindical y comisiones
- 19.6. Libertad sindical y derecho a que la empresa facilite determinada información
- 19.7. Actividad sindical y derecho instrumental a la comunicación con las personas trabajadoras
- 19.8. Acción sindical y crédito horario
- 19.9. Libertad sindical en su vertiente del derecho a la negociación colectiva
- 19.10. Acuerdos individuales en masa como posibles vulneradores de la negociación colectiva
- 19.11. Unidades de negociación
- 20. - PERSPECTIVA DE GÉNERO
- 21.- Permiso lactancia
RESUMEN EXHAUSTIVO DE JURISPRUDENCIA
1. Cesión ilegal
Las STS de Pleno de 24 de febrero de 2026 (RC 542/2024, ECLI:ES:TS:2026:976) y STS de Pleno de 25 de febrero de 2026 (RC 3564/2023, ECLI:ES:TS:2026:1080) descartan la cesión ilegal de los trabajadores del coro de la empresa Intermezzo que desarrollan su actividad para el Teatro Real, considerando que la contratista actúa como auténtico empleador manteniendo el poder de dirección, selección, pago de salarios y control horario, aportando la principal únicamente el espacio escénico.
2. Contratas y subcontratas
2.1. Subcontratación servicio control acceso. Propia actividad.
La STS de 9 de julio de 2025 (RC 5381/2023, ECLI:ES:TS:2025:3429) determina que el control de acceso en una empresa de construcción subcontratado a una de servicios forma parte de la "propia actividad" de la principal, operando la responsabilidad solidaria salarial del art. 42.2 ET.
3. Contratación temporal
3.1. Abuso contratación temporal.
La STS de Pleno de 11 de mayo de 2026 (RC 3543/2023, ECLI:ES:TS:2026:1959) rechaza que el personal laboral temporal de Administraciones públicas adquiera condición de fijo sin superar un procedimiento selectivo garantista. Estipula como medida preventiva y reparadora el abono de una indemnización que compense íntegramente los daños (materiales y morales, acudiendo a la LISOS) y la remisión del testimonio a la ITSS.
3.2. Contrato interinidad para sustituir trabajador.
La STS de 10 de marzo de 2026 (RC 5115/2024, ECLI:ES:TS:2026:1619) declara improcedente el despido de un interino cuyo contrato se prolongó 14 años sustituyendo a alguien con adscripción provisional, al faltar razones coyunturales y devenir la relación indefinida no fija.
3.3. Contrato indefinido no fijo.
La STS de 30 de septiembre de 2025 (RC 3938/2024, ECLI:ES:TS:2025:4126) califica de despido improcedente el cese de un indefinido no fijo cuya plaza laboral es ocupada por un funcionario sin amortizar previamente la plaza laboral.
3.4. Indefinido no fijo. Superación plazo 3 años.
La STS de 29 de enero de 2026 (RC 513/2025, ECLI:ES:TS:2026:666) reitera que el plazo de tres años no es automático y acepta circunstancias excepcionales (como la incidencia COVID-19) si la administración demuestra diligencia.
3.5. Indefinido no fijo despedido.
La STS de 25 de febrero de 2026 (RC 466/2025, ECLI:ES:TS:2026:987) determina que la empresa mantiene la opción entre readmisión o indemnización si un indefinido no fijo despedido adquiere posteriormente fijeza y el primer despido es improcedente.
3.6. Contratos fijos discontinuos.
La STS de 18 de febrero de 2026 (RC 262/2024, ECLI:ES:TS:2026:986) avala que la empresa imparta formación a fijos discontinuos en días de inactividad escolar dentro de la jornada y sin superar la máxima legal.
3.7. Extinción contrato temporal.
La STS de 4 de junio de 2025 (RC 19/2024, ECLI:ES:TS:2025:3020) señala que no vulnera la indemnidad extinguir un contrato temporal por cumplimiento del plazo previsto, aunque el trabajador haya reclamado fijeza.
3.8. Contrato de relevo.
Las STS de 22 de julio de 2025 (RC 1069/2024, ECLI:ES:TS:2025:3751) y STS de 6 de mayo de 2026 (RC 4328/2024, ECLI:ES:TS:2026:2264) otorgan diferencias salariales por falta de ocupación en jornada completa a un indefinido no fijo al que se le impuso un contrato de relevo parcial fraudulento.
3.9. Contrato a tiempo parcial.
Las STS de 18 de septiembre de 2025 (RC 1692/2024, ECLI:ES:TS:2025:4115) y STS de 2 de octubre de 2025 (RC 1693/2024, ECLI:ES:TS:2025:4408) califican de fraudulentas las ampliaciones reiteradas e injustificadas de jornada a tiempo completo, probando una necesidad estructural.
4. Figuras afines al contrato de trabajo. Alta dirección
4.1. Socios cooperativistas.
Siguiendo la doctrina del Pleno (RC 5766/2022), diversas sentencias, como la STS de 15 de septiembre de 2025 (RC 1266/2024, ECLI:ES:TS:2025:3935), STS de 15 de octubre de 2025 (RC 2969/2023, ECLI:ES:TS:2025:4776) y posteriores, declaran la naturaleza laboral de los socios cooperativistas del sector cárnico (Servicarne, Auga, etc.) con sus empresas principales.
4.2. Odontólogos.
La STS de 18 de septiembre de 2025 (RC 2689/2024, ECLI:ES:TS:2025:4155) reconoce la relación laboral de los odontólogos de clínicas Sanitas SL, incidiendo en que la empresa fijaba horarios, precios, ponía los medios, y era titular de las historias clínicas.
4.3. Personal eventual de confianza.
La STS de Pleno de 29 de diciembre de 2025 (RC 326/2025, ECLI:ES:TS:2025:6016) declara laboral la relación de un "encargado de actividades deportivas" municipal cesado tras larguísimo tiempo y sucesivos nombramientos eventuales políticos, al tener puesto en la RPT y horario fijo.
4.4. Alta dirección.
La STS de 24 de septiembre de 2025 (RC 2807/2024, ECLI:ES:TS:2025:4346) califica como relación laboral de alta dirección la de un Gerente Provincial con la Agencia Pública Andaluza de Educación.
5. Convenios colectivos
5.1. Legitimación.
5.1.1. Parte empresarial: La STS de 24 de septiembre 2025 (RC 67/2024, ECLI:ES:TS:2025:4449) niega legitimación a una asociación patronal por no acreditar datos cuantitativos ni operar presunción. Presunción que sí avala la STS de 9 de abril de 2026 (RC 88/2025, ECLI:ES:TS:2026:1913) pero descarta la STS de 19 de mayo 2026 (RC 153/2025, ECLI:ES:TS:2026:2238) al no haber reconocimiento mutuo.
5.1.2. Banco social: La STS de 14 de enero de 2026 (RC 229/2024, ECLI:ES:TS:2026:265) deniega excluir a un sindicato modificando el ámbito funcional sin acuerdo expreso de modificación. Para convenios franja como el de pilotos/tripulantes de Ryanair, la STS de 21 de abril de 2026 (RC 154/2025, ECLI:ES:TS:2026:1934) exige asamblea específica del colectivo para legitimar a la sección sindical negociadora.
5.1.3. Momento de legitimación: La STS de 17 de abril de 2026 (RC 131/2024, ECLI:ES:TS:2026:1780) reitera que debe estarse a la legitimación al inicio de las negociaciones, salvo inactividad prolongada y excepcionalmente.
5.2. Revisión salarial e IPC negativo.
La STS de Pleno de 23 de octubre de 2025 (RC 2152/2024, ECLI:ES:TS:2025:4930) establece que si el convenio vincula revisión salarial a IPC y éste es negativo, no puede obviarse pero tampoco puede provocar una reducción salarial neta.
5.3. Convenio y Ley.
La STS de 13 de enero 2026 (RC 171/2024, ECLI:ES:TS:2026:65) consagra la prevalencia de la legislación presupuestaria sobre los convenios colectivos de empleados del sector público por principio de legalidad.
5.4. Relación entre Convenios.
Diversas sentencias (STS 07-07-2025 RC 243/2023, STS 16-04-2026 RC 67/2025) resuelven conflictos de concurrencia y prioridad aplicativa temporal y material entre sectoriales y de empresa a la luz de la DT6ª del RDL 32/2021.
5.5. Convenio y actividad.
La jurisprudencia insiste en aplicar el convenio de la "actividad preponderante" y "unitaria" real (STS 24-06-2025 RC 229/2023, STS 19-05-2026 RC 205/2025), rechazando aplicar un convenio solo por ser el único existente si la empresa no realiza materialmente esa actividad (STS 03-12-2025 RC 173/2024) o priorizando el art. 42.6 ET en contratas (STS 23-09-2025 RC 252/2023).
5.6. Impugnación por ilegalidad.
La STS de Pleno de 3 de febrero de 2026 (RC 121/2024, ECLI:ES:TS:2026:737) declara ilegal supeditar la vigencia normativa de un convenio a una condición resolutoria automática si ocurre intervención normativa del gobierno.
6. Derecho a la igualdad: Discriminación
6.1. a 6.3. Personal Universitario:
La STS de Pleno de 23 de julio de 2025 (RC 154/2023, ECLI:ES:TS:2025:3799) y STS de Pleno de 9 de abril de 2026 (RC 184/2025, ECLI:ES:TS:2026:1657) reconocen complementos docentes/investigadores a PDI temporal y asociados al no existir justificación razonable para su exclusión.
6.4. Diferencia fijo y temporal:
Son nulas las exclusiones a temporales de prendas de trabajo (STS 15-01-2026 RC 188/2024) o garantías de empleo y reducciones de jornada (STS 11-06-2025 RC 2/2024) si no hay causa objetiva diferente al tipo de vínculo.
6.5. Complemento por enfermedad:
Las sentencias, como la STS de 14 de enero de 2026 (RC 119/2025, ECLI:ES:TS:2026:207), declaran discriminatorio minorar primas de asistencia o asistencia computando las inasistencias por IT de enfermedad común.
6.6. Doble escala salarial:
Se avalan escalas temporales justificadas en fusiones o adaptaciones de jornada previas (STS 21-10-2025 RC 35/2024, STS 02-12-2025 RC 105/2024), pero se rechazan las que establecen diferencias vitalicias meramente por fecha de ingreso sin justificación (STS 12-12-2025 RC 166/2024).
6.11 a 6.17. Otras discriminaciones:
Se descarta discriminación indirecta por género o edad si existen justificaciones objetivas, organizativas y razonables (ej. dietas diferentes para pilotos vs. TCP en la STS de 9 de abril de 2026 RC 61/2025).
7. Derecho de huelga
7.1. Legitimación:
No se exige tener la condición de más representativo para convocarla, basta tener implantación (STS 02-10-2025 RC 46/2024).
7.2 a 7.4. Impacto y vulneración:
Se castiga la mitigación del impacto con medios abusivos como trenes dobles encubiertos (STS 16-09-2025 RC 245/2023) o imposición unilateral de servicios de seguridad excesivos por la empresa (STS 17-10-2025 RC 39/2024).
7.5. Esquirolaje:
Analizado en STS 18-07-2025 (RC 181/2024).
7.6. Pacto fin de huelga:
En contratas/concesiones, no se transmite vía art. 44 ET al nuevo cesionario si no se aplicó en la empresa cedente primero (STS 22-06-2026 RC 23/2025).
8. Despidos individuales y extinciones del contrato de trabajo
8.1. Despidos disciplinarios:
La STS de Pleno de 16 de julio de 2025 (RC 3993/2024, ECLI:ES:TS:2025:3387) determina que no es posible fijar una indemnización adicional al despido improcedente tarifado alegando las circunstancias del trabajador o la Carta Social Europea.
Sobre videovigilancia de la principal para el despido por la contratista (STS 28-01-2026 RC 1947/2024), se acepta si la captación de actos ilícitos es flagrante, proporcionada y el trabajador conocía su existencia.
8.2. Despidos objetivos:
La fecha de efectos del despido es la notificación de la carta y no la comunicación del SMS de baja en TGSS (STS 16-12-2025 RC 38/2025).
9. Efectos económicos del despido
El trabajador fijo discontinuo calcula su indemnización sólo por periodos de servicio efectivo (STS 23-09-2025 RC 3821/2024).
Anticipar indemnización en el juicio extingue en esa fecha los salarios de tramitación (STS 11-03-2025 RC 1305/2025).
10. Otras causas de extinción
10.1. Ineptitud sobrevenida:
Conforme a TJUE Ca Na Negreta, la empresa debe probar haber intentado realizar ajustes razonables previos a la extinción (STS 22-12-2025 RC 3965/2024).
11. Sanciones
El empleador puede imponer una sanción de "menor gravedad" a la tipificada aplicando gradualismo (STS 10-06-2025 RC 3011/2023).
La fecha de efectos de una sanción no puede depender de la voluntad unilateral posterior de la empresa (STS 01-10-2025 RC 2351/2023).
12. FOGASA
El STS 25-11-2025 (RC 4313/2024) declara que FOGASA no puede negar el pago a un extranjero por tener caducada la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), siendo un mero defecto formal.
13. Modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT)
Distinción clave entre MSCT, condición más beneficiosa, y cumplimiento de la Ley/convenio. Si el empleador acata jurisprudencia que cambia tiempos de guardia no es MSCT y no hay negociación art. 41 ET (STS 17-12-2025 RC 179/2024).
14. Plan de igualdad
Se permite la inscripción excepcional de planes negociados sin interlocutor sindical si hay un "bloqueo negocial" ajeno a la empresa (STS 01-07-2025 RC 104/2024).
El silencio positivo opera tras 3 meses (STS 03-06-2025 RC 241/2023).
15. Salario y régimen retributivo
15.1 a 15.5:
Los recibos deben ser claros y transparentes. No se compensan en incremento 75% los descansos por horas extra salvo pacto literal. Las pagas extras MIR incluyen el complemento de grado de formación, no así atención continuada.
15.14:
Durante vacaciones deben abonarse conceptos ligados a la actividad regular, como el incentivo de actividad dirigida (STS 02-12-2025 RC 192/2024) o dietas en el mar (STS 02-07-2025 RC 1594/2024).
16. Sucesión de empresas
Existe sucesión ex. art 44 ET si el nuevo contratista hereda infraestructura clave para seguir el servicio o la Administración revierte la gestión material directa (STS 02-07-2025 RC 36/2025 y STS 09-02-2026 RC 734/2025).
La empresa entrante no puede liquidar vacaciones pasadas, asume el deber de concederlas en días (STS 18-09-2025 RC 244/2023).
En subrogación de vigilancia, cedente y cesionario responden solidariamente de deudas salariales previas (STS 22-05-2026 RC 4616/2024).
17. Teletrabajo y trabajo a distancia
La empresa no tiene la obligación legal automática de facilitar una "silla ergonómica" para teletrabajo (STS 10-09-2025 RC 14/2024).
18. Tiempo de trabajo y jornada
El permiso parental (art. 48 bis ET) cuenta para vacaciones (STS Pleno 26-01-2026 RC 205/2024).
La pausa del bocadillo nocturno puede ser tiempo efectivo si se pacta o el contexto del convenio lo indica.
Sobre los permisos por cuidado, si se recibe alta hospitalaria pero persiste el reposo domiciliario, asiste derecho íntegro al permiso de 5 días (STS 22-04-2026 RC 126/2025).
19. Tutela del derecho a la libertad sindical
Constitución e identidad de sindicatos gozan de alta protección funcional. Un sindicato tiene derecho a que otros no usen logos o nombres que "induzcan a confusión" lesionando su derecho electoral e identitario (STS 02-10-2025 RC 53/2024).
Existe lesión por no dar masa salarial ni copias básicas al comité para negociación colectiva (STS 15-01-2026 RC 222/2024).
Se permite restringir el reparto del crédito horario a sindicatos que logren el 10% representativo estatal justificando mayor carga objetiva (STS 10-12-2025 RC 92/2024).
20. PERSPECTIVA DE GÉNERO
La guarda legal obliga a abonar íntegro, sin reducción proporcional, el "incentivo por absentismo" y complementos como "turnicidad" para evitar discriminaciones indirectas femeninas (STS 23-09-2025 RC 259/2023 y STS 04-06-2025 RC 4793/2023).
21. Permiso lactancia
Las facultativas deben ser dispensadas de guardias localizadas en los primeros 12 meses percibiendo el complemento de atención continuada, al tratarse de un factor de riesgo protegido (STS 15-01-2026 RC 176/2024).
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